NOTA INFORMATIVA.
En la Asamblea Ordinaria de socios celebrada ayer día 20 de mayo, surgió una duda respecto si el plazo que las entidades tenían para solicitar subvenciones, estaba o no vencido, puesto que nosotros no habíamos efectuado todavía solicitud alguna correspondiente a la del 2012.
Después de revisar la documentación recibida y en nuestro poder y al margen de las gestiones a realizar ante el Ayuntamiento de Dosrius, se informa de lo siguiente:
En fecha 28 de febrero de 2012, se recibe correo electrónico del departamento de Cultura, Joventut i Ensenyament, indicando:
" El motiu del present és el de fer-vos arribar tota l'informació referent a les suvbencions municipals 2012 (formularis de sol·licitud, bases i ordenança)
També us volem fer saber que tota aquesta documentació ja s'ha aprovat per Ple Municipal i que en breu serà publicat en el BOP.
En breu us farem arribar un altre correu electrònic informant-vos de la data d'inici de presentació de sol·licituds i la data de termini per presentarles."
Salvo error u omisión por nuestra parte hasta la fecha nuestra asociación no ha recibido ninguna otra información al respecto (si bien es cierto que quizás el cambio del @telefonica.net a @movistar.es) después de las incidencias informáticas sufridas en el ordenador, podrían ser las causantes de la falta de recepción.
Al margen de ello, en la documentación recibida el 28 de febrero de 2012, se adjuntaban las Bases Reguladoras de las subvenciones y la Ordenanza de Subvenciones. Las bases indican en su apartado 6.-Sol·licitud: "Totes les sol·licituds s'hauran de presentar en el termini d'un mes a partir del dia següent a la publicació de la convocatòria al Butlletí Oficial de la Provincia de Barcelona, i en tot cas dins del termini comprés entre l'1 de gener i el 31 de juliol de l'any en curs"
De otra parte las Ordenanzas indican en su Titulo II, apartado 13.- Bases Reguladoras: "1. Per a totes les subvencions que s'hagin de concedir mitjaçant concurrència competitiva s'hauran d'aprovar les corresponents Bases Reguladores, que s'aprovaran conjuntament o prèviament a la convocatòria i que no podran contradir la present Ordenança."
Las Ordenanzas, por su parte indican también en su apartado 16.- Sol·licitud. "El termini per efectuar la sol·licitud serà el comprés entre l'1 de gener i el 31 de juliol de l'any en curs"
Por tanto y al margen de no haber recibido notificación alguna al respecto (quizás por los problemas de e-mail indicados) de todo ello se desprende que:
Lo que indican las Bases Reguladoras, no pueden contradecir a las Ordenanzas y en consecuencia como que las ordenanzas indican que el plazo para efectuar la solicitud finaliza el 31 de julio, no debería haber ningún problema al respecto aunque las Bases (que contradicerían a las Ordenanzas) indiquen que se debían presentar en el plazo de un mes a partir de la publicación en el BOP y en todo caso dentro del mismo periodo que indican las ordenanzas, pero éstas no hacen referencia a la indicada publicación en el BOP.
Una vez aclarada la situación y despues de las gestiones que se realicen os mantendremos informados.
Gracias a todos por vuestro interés
Pues ya os digo que estais fuera de plazo pk el segundo correo ha llegado Bon dia a totes i tots
ResponderEliminarEl pressent correu electrònic és per recordar-vos que teniu fins el 12 d’abril per presentar les sol·licituds de subvenció de les vostres entitats.
Tal i com ja us hem anat informant, en el supòsit que es presenti alguna al·legació a les Bases de la Convocatòria s’ampliarà aquest termini. En aquest cas ja us informaríem de la nova data límit.
Si us cal qualsevol aclariment, no dubteu en contactar amb nosaltres.
Miquel Petanás
Tècnic de Cultura, Joventut i Ensenyament
Ajuntament de Dosrius
FECHA 28 de marzo si quereis os remito el mismo
ademas estais en copia
ResponderEliminar'La Colla del Pilón (Manuel Trujillo) (octubre 2011)'
Jorge;
EliminarGracias, por la información.
Efectivamente el correo fue enviado, pero por problemas informaticos nosotros no lo recibimos. Así se lo hemos hecho llegar al técnico de cultura, indicándole nuestra dirección lacolladelpilon@movistar.es
No obstante, sinceramente creo no ir perdido en este asunto, puesto que las ordenanzas municipales que regulan el tema de las subvenciones municipales indican claramente que éstas podrán solicitarse entre el 1 de enero y el 31 de julio del año en curso. Por tanto y siempre interpretando lo que dicen las ordenanzas, no pueden acortar (por mucho que lo notifiquen por correo) el plazo de solicitud.
Pero bueno, en ello estamos, a ver si logramos que sigan lo que dicen las ordenanzas.
De cualquier forma, muchas gracias.
Un Saludo
Jose Luis Berrueta